Sanidad decreta el máximo de 10 personas en las reuniones sociales, el cierre de la hostelería a las 23.00 horas y el aforo máximo de los locales al 50%

La Consejería de Sanidad de Cantabria ha anunciado nuevas restricciones a causa del incremento de casos por COVID-19 en la región. Las medidas entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas del domingo 25 de octubre. No obstante, Miguel Rodríguez, responsable del departamento, ha valorado como «muy buena» la situación epidemiológica de Cantabria en comparación con el resto del país.
Algunas de estas restricciones son la reducción de los aforos de los locales públicos y privados a un 50% -cuya limitación del número máximo de asistentes depende de la actividad que se trate-, un máximo de 10 personas en las reuniones sociales -excepto los grupos de convivencia- y el cierre de los locales de hostelería y restauración a las 23.00 horas -con prohibición de admitir nuevos clientes a partir de las 22.00 horas-.
En el caso de la medida que limita a 10 personas las reuniones sociales, está pendiente de ratificación judicial, puesto que está vinculada con el derecho constitucional de reunión. Esta medida no afecta al ámbito educativo.
Aforos al 50%
Se contempla la limitación del 50% del aforo en ceremonias fúnebres; salas de bingo, casinos, establecimientos recreativos y locales de apuestas, con una ocupación máxima de 6 personas por mesa y con una distancia de 2 metros entre las sillas y las diferentes mesas; congresos, conferencias y otras reuniones de negocio, con un máximo de 30 asistentes; en locales comerciales (75% en mercadillos); las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada; hoteles, albergues turísticos y residencias de estudiantes.
Hostelería y restauración
El límite de aforo será del 50% en el interior y a un 75% en las terrazas, en las que se establece la prohibición de fumar. Además, las mesas que se encuentren en el interior del establecimiento no podrán contener más de seis personas. También se recoge la prohibición de consumo en barra.
Deporte
En cuanto a la actividad deportiva no profesional, el aforo se reduce a un 20% en locales con un aforo superior a 3.500 aficionados. Respecto a estos recintos, antes de cada disputa deportiva tiene que haber una evaluación del riesgo correspondiente, dejando abierta la posibilidad de que, en función de cómo vaya la evolución de la pandemia, se puedan adoptar medidas para que el partido se celebre sin público.
La práctica deportiva federada se remite a lo establecido por el Consejo Superior de Deportes.
Cultura
El aforo para cines, auditorios, bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos es de un 75% con una distancia de separación de 1,5 metros.
Movilidad nocturna
Rodríguez ha considerado que la restricción de la movilidad nocturna sería una «buena» medida para disminuir la celebración de fiestas tras el cierre de los establecimientos de hostelería. Por ello, ha expresado el posicionamiento favorable de su departamento a dicha medida.