La toma de temperatura diaria será obligatoria para el alumnado y el personal de los centros educativos

Los centros educativos tomarán la temperatura tanto al alumnado como al personal -docente y no docente- antes del inicio de la jornada escolar. Además, se permite la celebración de actividades extraescolares, el servicio de madrugadores, tardes en el cole o análogos siempre que no se rompan los grupos de convivencia y se cumplan las medidas de prevención.
Estas normas están recogidas en la ‘Actualización al Protocolo General de Organización para el Desarrollo de la Actividad Educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el Curso 2020-2021, de aplicación hasta el fin de la crisis sanitaria’, publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).
La toma de temperatura se llevará a cabo todos los días en la entrada del centro o el aula. Se recomienda que tal comprobación se realice antes de la entrada al recinto escolar para el alumnado exento de portar mascarilla (las aulas de dos a seis). Sea cual sea el punto de control establecido, el centro deberá organizarse de forma que se eviten las aglomeraciones y se garantice la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros.
La temperatura deberá ser inferior a 37,5 grados para poder acceder al recinto. Si la temperatura es igual o ligeramente superior, se repetirá la toma pasados cinco o diez minutos.
Extraescolares y complementarias
Ante las necesidades de conciliación de las familias y el deseo de una formación integral del alumnado, se permiten la participación de los niños y niñas en actividades complementarias y extraescolares y en servicios complementarios en los centros educativos.
El uso de la mascarilla será obligatorio para todo el alumnado, desde los 3 años y en todo momento, excepto cuando se ingieran alimentos o bebidas.
Sin embargo, se suspenden las actividades complementarias dentro del centro que impliquen la entrada de personal ajeno al mismo. Esta decisión se revisará bimestralmente en coordinación con Salud Pública, por lo que su continuidad dependerá de los datos epidemiológicos. También quedan suspendidas las que se realizan fuera del centro, excepto aquellas a las que se pueda acceder a pie desde el centro educativo y se celebren al aire libre.
Los servicios de madrugadores, tardes en el cole u otros servicios complementarios análogos se podrán celebrar siempre que se respeten las condiciones generales de prevención e higiene y la organización de los grupos de convivencia estable constituidos por los equipos directivos para la jornada lectiva. Esta última condición es imprescindible para el control de contactos que deberían guardar cuarentena ante un positivo.
En el caso de que en un mismo espacio se acoja a alumnado de distintos grupos estables, estos grupos tendrán que mantener una separación de al menos tres metros. Esta misma distancia deberá mantenerse en las actividades en las que participen alumnos/as de otros niveles no establecidos como grupos estables.
El alumnado de 2 años sólo podrá participar en estos servicios si se garantiza el establecimiento de un espacio separado (otra sala o mediante mamparas o dispositivos análogos).
El responsable de la organización de estos servicios deberá encargarse de limpiar y desinfectar los espacios utilizados después de su uso y antes del inicio de la jornada lectiva.
Actividades extraescolares
La celebración de actividades extraescolares se regirá por los mismos principios que el servicio de madrugadores en relación al mantenimiento de grupos estables, distancia interpersonal y desinfección y limpieza.
Además, cada actividad extraescolar de carácter deportivo se regirá por el protocolo específico aprobado por la Federación correspondiente o por las directrices que fije el Consejo Superior de Deportes.