Cantabria abre el plazo para solicitar la prestación del servicio de comedor escolar gratuito durante el curso 2023-2024

La Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Cantabria ha abierto el plazo para solicitar la prestación del servicio de comedor de carácter gratuito parcial en centros de educación públicos para el próximo curso 2023-2024. El plazo permanecerá abierto hasta el 30 de junio, aunque se habilitará un periodo extraordinario del 1 al 20 de septiembre.
La solicitud puede realizarse tanto a través de la plataforma YEDRA si se tiene acceso a la misma (Seguimiento del curso- Becas y ayudas– Beca de comedor). Una vez cumplimentada, se debe confirmar el borrador y ‘confirmar solicitud’. Si desea adjuntar documentación, esta debe remitirse por correo electrónico al centro docente indicando en el ‘Asunto’ el nombre y los apellidos del alumno.
Asimismo, la solicitud puede rellenarse, firmarse y presentarse en papel en el centro educativo en el que el alumno vaya a estar matriculado en el curso 2023-2024. También se debe presentar la documentación complementaria.
En cuanto a la documentación requerida, en el caso de no autorizar la obtención informática de datos obrantes en otras Administraciones Públicas (familias numerosas, verificación de identidad, verificación de residencia), se debe presentar el DNI/NIE de todos los miembros mayores de 18 años, el certificado de empadronamiento y las rentas obtenidas en 2022. Los alumnos incluidos en alguna de las situaciones específicas deben aportar la justificación documental de la misma (carnet de familia numerosa; certificado de dispacidad; certificado de familia monoparental).
No obstante, deberán presentarse los siguientes documentos en función de la situación del solicitante: documentación acreditativa en caso de acogimiento del alumno a una institución tutelar; fotocopia del pasaporte, justificación de ingresos y certificado de empadronamiento en caso de extranjeros que no dispongan de NIE; carnet o certificado expedido por el ICASS acreditativo en caso de familias monoparentales; y sentencia de separación/divorcio, convenio regulador, libro de familia, certificado de defunción u otros documentos que se estimen pertinentes como medio de prueba de la situación familiar en caso de separación/divorcio o de familiar monoparentales no acreditadas.
La solicitud deberá ser firmada por todos los miembros mayores de 18 años en el apartado correspondiente, para obtener la renta de la unidad familiar.
En el caso de que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no disponga de datos tributarios necesarios para determinar la renta familiar disponible, será el solicitante quien deberá aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar. Si se obtienen rentas en el País Vasco o Navarra, es necesario aportar la Declaración de la Renta o el Certificado de Imputaciones de esa administración.
Respecto a los requisitos económicos, a los alumnos cuyos ingresos de la unidad familiar no superen el salario mínimo interprofesional (14.000 euros al año) se concederá el 75% del coste del servicio, mientras que a los alumnos cuyos ingresos de la unidad familiar no superen el doble del salario mínimo interprofesional (28.000 euros al año) se concederá el 50% del coste del servicio.
Para calcular la renta anual entrarán en consideración todos los ingresos de la unidad familiar (padres, hermanos solterior menores de 25 años y abuelos del alumno que convivan en el domicilio familiar).
También se considera miembro computable el nuevo cónyuge, pareja -registrada o no- o persona unida por análoga relación (en el caso de madre o padre soltero o divorciado) y se tendrán en cuenta sus ingresos. En cambio, no se consideran miembros computables en el caso de divorcio o separación legal de los padres aquel de ellos que no conviva con el alumno, así como el resto de posibles miembros de la unidad familiar (tíos, primos…) del solicitante.
Así pues, cuando el régimen de custodia de los hijos sea el de custodia compartida, se consideran miembros computables el padre y la madre del alumno, sus hijos comunes y los ascendientes del padre y de la madre que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal.
El cálculo de la renta anual de la unidad familiar se obtendrá por agregación de las rentas obtenidas en 2022 de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, los sustentadores principales (padre y madre) al 100% y el resto de los miembros (abuelos y hermanos) al 50%.
Para el cálculo de la renta familiar, se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2018 a 2021 a integrar en la base imponible del ahorro. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
Por otro lado, no se concederá este beneficio a aquellos alumnos cuyos ingresos de la unidad familiar superen el doble del salario mínimo interprofesional; cuando el cálculo del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales -excluyendo las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitiación de la vivienda habitual- supere los 1.700 euros; o cuando las actividades económicas de que sean titulares los miembros computables de la familia tenga un volumen de facturación superior a 155.500 euros en 2022.
Hallada la renta familiar podrán deducirse de ella las cantidades que correspondan por los siguientes conceptos:
- 525 euros por cada hijo, incluido el alumno, que conviva en el domicilio familiar cuando se trate de familias numerosas de categoría general y 800 euros para familiar numerosas de categoría especial, siempre que tenga derecho a este beneficio.
- 1.811 euros cuando la discapacidad, legalmente reconocida de los alumnos o hermanos de los alumnos, sea de grado igual o superior al 33%. Esta deduccción será de 2.2881 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al 65%.
- 500 euros por pertenecer a una familia monoparental acreditada.
Puede obtener más información en el centro docente, en la Calle Vargas, 53, 6ª planta (Santander) o en los teléfonos 942 208 045/942 208 345.