El TSJC declara nulo el cierre del ocio nocturno implantado en agosto de 2020

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha declarado nula la resolución del pasado 15 de agosto de 2020 por la que se suspendió la apertura al público de las discotecas y salas de fiestas, bares especiales, pubs y whiskerías. La Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC) ha comunicado la sentencia del TSJC este miércoles.
Según la AEHC, «los fundamentos parten de la reciente Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional estableciendo la protección del derecho a la libre empresa, a la que se constriñe sustancialmente con las medidas adoptadas» y «que el régimen de delegación de atribuciones para dictar normas restrictivas de este derecho, no alcanza a las facultades o competencias de un consejero de una comunidad autónoma».
Así pues, la Asociación afirma que «son nulas todas las resoluciones dictadas por órgano incompetente», las cuales «se adoptaron en base a una delegación de facultades contraria a la Ley».
El presidente de la AEHC, Ángel Cuevas, considera que esta sentencia es una «muy buena noticia y de gran importancia, ya que todas las resoluciones firmadas por el consejero de Sanidad serían nulas«.
Se trata de «la primera resolución que recibimos en firme y que entendemos que sentará jurisprudencia para el resto de procedimientos que seguimos teniendo abiertos y que también caerán a nuestro favor», ha argumentado Cuevas.
Por su parte, Ángel Suarez, miembro de la Junta Directiva de la AEHC, entiende que esta noticia es «trascendental», puesto que «abre la puerta a una cascada de demandas patrimoniales contra el Gobierno de Cantabria por los cierres sufridos durante los últimos meses» y que, además, «por fin nos da una perspectiva de futuro sin restricciones».