Economía presenta a Tresviso los recursos fiscales disponibles para hacer frente al reto demográfico

El alcalde de Tresviso, Francisco Javier Campo, se ha reunido con la consejera de Economía y Hacienda, María Sánchez, quien le ha expuesto las distintas medidas económicas que a través de su departamento se ponen a disposición del territorio para hacer frente al reto demográfico y luchar contra el despoblamiento.
Este encuentro se enmarca dentro de la ronda de contactos que la Consejería de Economía y Hacienda mantiene con todos los municipios de Cantabria para dar a conocer las diferentes medidas fiscales que el Gobierno de Cantabria ofrece para mejorar la vida de la ciudadanía.
La consejera ha explicado al alcalde las deducciones fiscales autonómicas que se aplicarán en la declaración del impuesto del IRPF del año próximo, como son deducciones para guardería y arrendamiento.
María Sánchez también ha expuesto a Campo las posibilidades que plantea la Unión Europea a través de los diferentes programas financiación, para que municipios como Tresviso, el más pequeño de Cantabria con 59 habitantes censados y con una complicada situación geográfica, puedan impulsar su economía.
Deducciones autonómicas
En la declaración del impuesto del IRPF de 2021, los municipios en riesgo de despoblación podrán aplicar deducciones de gastos de guardería; también deducciones para aquellos que trasladen su residencia habitual a una zona de Cantabria en riesgo de despoblamiento por motivos laborales por cuenta ajena o por cuenta propia.
También se aplicarán deducciones de vivienda para el arrendatario y el arrendador. El arrendatario podrá deducir el 20% hasta un límite de 600 euros anuales en tributación individual y 1.200 euros en tributación conjunta de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual, siempre que la base liquidable del periodo, después de las reducciones por mínimo personal y familiar sea inferior a 22.946 euros en tributación individual o a 31.485 euros en tributación conjunta.
El arrendador podrá deducir el 20, hasta un límite de 600 euros anuales en tributación individual y 1.200 euros en tributación conjunta de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual, siempre que la base liquidable del periodo, después de las reducciones por mínimo personal y familiar, sea inferior a 22.946 euros en tributación individual o a 31.485 euros en tributación conjunta.