Cantabria abre el interior de la hostelería a partir de este miércoles

Cantabria permitirá la apertura del interior de los establecimientos de hostelería y restauración, sin superar un tercio de su aforo, a partir de las 00.00 horas del miércoles 3 de marzo. No obstante, el horario máximo de cierre de este tipo de establecimientos se mantendrá a las 21.30 horas, aunque no se podrán admitir nuevos clientes a partir de las 21.00 horas.
El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, con una ocupación máxima de seis personas. No obstante, deberá asegurarse la distancia física de dos metros entre las personas sentadas en diferentes mesas.
Además, tanto la puerta de entrada como, al menos, una de las ventanas, deben estar permanentemente abiertas. Los establecimientos también deben indicar el máximo de personas que pueden ocupar el local en un lugar visible.
De igual forma, se procederá a la apertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego.
El aforo máximo permitido será del 50% en las zonas comunes de hoteles, alojamientos turísticos, residencias de estudiantes, actividades de animación y clases grupales.
Cultura
El aforo máximo será del 75% en bibliotecas, museos, monumentos y otros equipamientos culturales, cines, teatros, auditorios, circos de carpa o espectáculos similares. En el resto de recintos culturales, la actividad se limitará hasta el 75% del aforo autorizado sin que este sobrepase las 300 personas.
Deporte
La práctica de cualquier tipo de actividad deportiva podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico, y hasta un máximo de 300 personas de forma simultánea en espacios abiertos siempre que no supere el 50% de su aforo.
En espacios cerrados podrá realizarse en grupos con un máximo de 16 deportistas y un máximo del 50% de aforo. En todo caso será obligatorio el uso de mascarilla por los deportistas durante la práctica «con la única excepción de los momentos en los que haya una exigencia de un aporte adicional elevado de oxígeno», señala la resolución del BOC.
En el caso de los entrenamientos, competiciones o eventos que se celebren en instalaciones deportivas, podrán desarrollarse con público siempre que este permanezca sentado y no se supere el 50% del aforo, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1.000 personas cuando se trate de actividades al aire libre.
En las piscinas para uso deportivo se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta 30 personas, sin contacto físico, y siempre que no se supere el 75% del aforo máximo permitido en piscinas al aire libre y el 50% en piscinas cerradas.
Con respecto a la navegación deportiva se limita las personas en una embarcación hasta el 75%, sin exceder las 25.
Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios limitarán su aforo al 75% y al 50% si las atracciones están en lugares cerrados.
Los congresos, encuentros, conferencias y seminarios no podrán superar el aforo del 50%, con un máximo de 30 asistentes.
Podrá impartirse formación de manera presencial por las academias, autoescuelas y otras entidades de formación siempre que se respete la distancia interpersonal de 1,5 metros y no se supere el 50 % del aforo.
Lugares de culto
El presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, también ha publicado un decreto en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) en el que señala que el aforo máximo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos en lugares de culto se limita a un 50% en espacios cerrados, siempre aplicando las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.