Camaleño expone al público el padrón del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y Urbana de 2021

El Ayuntamiento de Camaleño ha aprobado y expuesto al público, durante 15 días hábiles en las dependencias de los Servicios Municipales de Secretaría-Intervención del ayuntamiento, el padrón del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, así como los de Naturaleza Urbana, de 2021. También se ha abierto el período voluntario de cobro.
El padrón ha sido elaborado por la Gerencia Regional del Catastro, constituida por los censos comprensivos de los bienes inmuebles gravados en el municipio, de manera independiente para los de Naturaleza Rústica y Urbana, estableciendo una relación e identificación de los mismos con expresión de los sujetos pasivos y valoraciones catastrales.
En caso de disconformidad con los datos obrantes en los padrones, las personas físicas, jurídicas o entidades interesadas podrán interponer recurso de reposición ante la Gerencia Regional del Catastro, o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública, sin que puedan simultanearse
ambos procedimientos.
No obstante, la interposición del recurso no detendrá en ningún caso la acción administrativa para la cobranza, a menos que el interesado solicite dentro del plazo de interposición la suspensión de la ejecución del acto impugnado, a cuyo efecto será indispensable acompañar garantía que cubra el total de la deuda exigida.
Simultáneamente se abrirá el período de cobro de los recibos incluidos en los citados padrones. Se estable como plazo de pago en período voluntario desde el martes 15 de junio hasta el 18 de agosto (ambos inclusive) o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.
Se cargarán en cuenta los recibos domiciliados en fecha 19 de julio para los recibos de IBI urbana y 20 de julio para los recibos de IBI rústica, pudiendo hacerse efectivos los recibos no domiciliados en cualquier oficina de Caixabank, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto les será remitida a su domicilio tributario.
Transcurrido el plazo señalado sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, devengando el correspondiente recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan hasta la fecha del pago.