Abierta una línea de ayudas para los albergues de peregrinos gestionados por entidades locales

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este viernes la orden de subvenciones convocadas por la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, por importe de 450.000 euros, dirigida a promocionar y potenciar la calidad en la prestación del servicio ofrecido por los albergues de peregrinos de los Caminos de Santiago y Lebaniego gestionados por entidades locales.
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el viernes 18 de marzo. La solicitud se presentará a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El formulario de solicitud puede obtenerse en el Servicio de Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo o en la página institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado ‘Atención a la ciudadanía 012’ ‘Ayudas y subvenciones’ o en el apartado ‘Web del profesional’ de la página oficial de turismo de la Consejería.
El titular de Turismo, Javier López Marcano, ha animado a las entidades locales ha acogerse a estas ayudas y modernizar y acondicionar los albergues, además de invertir en eficiencia energética, con la mirada puesta en la próxima celebración del Año Jubilar Lebaniego 2023/24 y la previsión de llegada de miles de peregrinos.
Se subvencionarán obras de insonorización, incluidas ventanas y miradores; de accesibilidad para personas con movilidad reducida; instalación de sistemas de climatización y/o aire acondicionado; obras de reforma, mejora y acondicionamiento de las unidades alojativas (incluidos baños y el cambio de sanitarios), así como el equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de eficiencia energética, incluidas las placas solares.
Igualmente, podrán acogerse a estas ayudas los albergues que realicen reforma y mejora de cocinas, incluido mobiliario, maquinaria y menaje, así como obras para la instalación de tecnología wifi con acceso desde las unidades alojativas y zonas de uso común o de acondicionamiento y reforma de las cubiertas.
Finalmente, también serán objeto de subvención los gastos derivados de la redacción de proyectos de obra y/o reforma de las instalaciones; el cambio de instalaciones eléctricas y de fontanería y la adquisición de elementos de mobiliario, enseres, dotación y equipamiento para las unidades alojativas.