Las residencias deben mantener la plantilla, plazas y servicios para recibir subvenciones

Las residencias y los centros de dependencia están obligados a fomentar su calidad y a mantener a todos sus trabajadores en plantilla, las plazas y los servicios si quieren acogerse a las subvenciones del Gobierno para «compensar» las medidas adoptadas para luchar contra la COVID-19.
¿Quién se podrá beneficiar de estas subvenciones?
Las entidades titulares de centros residenciales en Cantabria con plazas, concertadas o no, que han quedado vacantes o reservadas sin cubrir como consecuencia del COVID-19; Los usuarios residentes en esos centros que hayan tenido que retornar a sus domicilios.
¿Hasta cuándo puedo solicitar la subvención?
El plazo para solicitar la ayuda es de 30 días desde este sábado 18 de julio. Las solicitudes se presentarán en el Registro Delegado del ICASS, o en cualquiera de los lugares previstos por la actual normativa. El modelo de impreso estará disponible en la sección Entidades de la página Web del ICASS (www.serviciossocialescantabria.org).
¿En qué se basará la concesión de la ayuda?
La cuantía se establecerá en función del plazo subvencionable, el número de residentes retornados a su domicilio y de residentes fallecidos. Así, vendrá determinada por las plazas concertadas sin ocupar y reservadas y por las concertadas y no concertadas vacantes como consecuencia de un fallecimiento.
¿Qué periodo de tiempo se contabilizará?
Se calculará desde el 1 de abril hasta la fecha de retorno al centro. Si ésta aún no se ha producido, hasta el 22 de junio de 2020; Para las plazas vacantes por exitus, se contabilizará desde el hecho hasta el 22 de junio de 2020; Para los residentes que retornaron a su domicilio, desde el 1 de abril hasta la fecha de retorno al centro. Si ésta aún no se ha producido, hasta el 22 de junio de 2020.