El Grupo de Acción Local Liébana apoyará la tramitación de solicitudes de los ‘cheque de urgencia’

El Grupo de Acción Local Liébana ayudará a los vecinos de la comarca en la tramitación de las solicitudes de las ayudas ‘cheque de urgencia‘ a través del Punto de Atención de SODERCAN (ACTE).
Estas ayudas están dirigidas a las empresas y autónomos del sector de la hostelería, el turismo y otros afectados por la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Las solicitudes se podrán presentar desde el jueves 26 de noviembre hasta el lunes 28 de diciembre de 2020, ambos inclusive.
Las oficinas del Grupo se encuentran en la Calle San Roque Nº 7, 2ª Planta (Potes) en horario de 9.30 a 14.30 horas, a través del teléfono 942 730 726 o mediante el e-mail liebana@comarcadeliebana.com .
Importe
– Ocio nocturno: 1.500 euros.
– Cafeterías y bares: 1.500 euros.
– Restaurantes: 1.500 euros.
– Alojamientos hoteleros: 1.500 euros.
– Alojamientos de turismo rural: 1.500 euros.
– Campings: 1.500 euros.
– Albergues turísticos: 1.500 euros.
– Turismo activo: 1.000 euros.
– Organización de congresos: 1.000 euros.
– Agencias de viajes: 1.000 euros.
– Venta ambulante autorizada: 1.000 euros.
– Alojamientos extrahoteleros: 800 euros.
– Guías de turismo: 800 euros.
– Actividades auxiliares a la educación: 800 euros.
Solicitantes
-Empresas y autónomos -independientemente de su forma jurídica y tamaño- que ejercieran una actividad económica en Cantabria de las previstas en el artículo 2.1 de este Decreto a la entrada en vigor del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre y cumplan los demás requisitos previstos en el artículo 5 de la presente disposición.
Se exceptúa a los establecimientos de ocio nocturno de la obligación de ejercer la actividad en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 926/2020, siempre y cuando la desarrollaran a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
– Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
Hostelería y turismo
de Guías Turísticos.
Actividades auxiliares a la educación
– Disponer de alta en un código CNAE 8559 u 8560.
– No haber podido desarrollar las actividades aprobadas para la semana del 2 al 8 de noviembre de 2020 en relación con el servicio de madrugadores o las actividades extraescolares y complementarias, dentro y fuera del horario lectivo.
Comercio ambulante
– Disponer de alta en un código CNAE 4781, 4782 o 4789.
– Tener domicilio en Cantabria y ser titular de una autorización de venta ambulante en cualquiera de los municipios de Cantabria.