Potes constituye una bolsa de trabajo para la selección de un Monitor Socorrista

El Ayuntamiento de Potes ha publicado las bases reguladoras para la constitución de una bolsa de trabajo por concurso para la selección de puesto de Monitor Socorrista para Instalación Deportiva, con carácter interino.
El proceso se realizará mediante el sistema de concurso y entrevista curricular, con la finalidad de atender las necesidades del Polideportivo Municipal de Potes. El contrato será a tiempo completo y de interinidad, y se
establece un periodo de prueba de dos meses.
El plazo de presentación es de cinco días hábiles, a partir del jueves 28 de enero. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria serán presentadas en el Registro del Ayuntamiento de Potes, C/ San Roque nº7, 2ª planta, 39.570 Potes, en horario de lunes a viernes, de 9.00 horas a 14.30 horas, o bien mediante la remisión de una copia de la instancia sellada al email ayuntamiento@potes.es antes de las 14.00 horas del último día de dicho plazo.
Puesto de trabajo
– Retribución bruta anual: 12.763,80 euros brutos anuales, distribuidos en 14 pagas que podrán ser prorrateadas.
– Jornada laboral: será establecida por el Ayuntamiento de Potes.
– Incorporación inmediata en el momento en que se decida utilizar la bolsa de trabajo.
Funciones
– Socorrista: vigilar y atender a los usuarios.
– Monitor de natación: dar cursos de natación a bebés, niños, adultos, grupo especial, hiit y musculación.
– Recepción: dar información, altas y bajas de usuarios.
– Monitor de sala o entrenador: hacer entrenamientos, corregir a los usuarios, colocar la sala…
– Monitor de spinning: clases de spinning y preparación de las clases.
– Monitor de aquagym y aquarunning: clases en el agua.
– Monitor de gimnasia de mantenimiento para la tercera edad.
– Consejos nutricionales.
– Cubrir cualquier puesto que sea necesario por falta de personal, incluida la limpieza y el mantenimiento.
Requisitos
Los requisitos deberán cumplirse el día de presentación de la solicitud, así como durante el proceso de selección y el periodo de vigencia del contrato.
– Ser natural de un Estado miembro de la Unión Europea, o que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la UE sean ratificados por España, en orden a la aplicación de la libre circulación de trabajadores.
– Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
– Estar en posesión del Formación Profesional de 1º grado, graduado escolar o equivalente.
– No estar incurso en una causa de incapacidad, según la legislación vigente.
– Disponibilidad horaria.
Documentación
El Ayuntamiento de Potes se reserva el derecho a solicitar en cualquier momento del proceso la documentación original. La no presentación de la misma motivaría la exclusión del procedimiento de selección. No se valorarán aquellos méritos que no se acrediten convenientemente.
– Copia del DNI.
– Copia de la titulación exigida.
– Currículum del aspirante, donde se indiquen los méritos.
– Copia de los justificantes que acrediten los méritos indicados.
– Copia del informe de vida laboral y contratos.
Admisión
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del ayuntamiento, al efecto de que los aspirantes excluidos y omitidos puedan formular alegaciones y subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista, en el plazo de tres días.
Las alegaciones y subsanaciones, si las hubiere, serán estimadas o rechazadas en la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
Comisión de Evaluación
El órgano de selección del proceso selectivo convocado será una Comisión de Selección encargada de evaluar a los/as participantes. La Comisión estará integrada por:
– Dos vocales y dos suplentes, empleados del Ayuntamiento de Potes.
– El Secretario Interventor de la Corporación o funcionario que le sustituya, con voz pero sin voto.
– El alcalde de Potes o persona en quien delegue, que actuará como Presidente del Tribunal.
Selección
El procedimiento de selección constará de dos fases, en las cuales se podrá obtener un máximo de 100 puntos:
Fase 1ª- Concurso de méritos: La valoración del currículum tendrá carácter eliminatorio.
-Cursos realizados, específicos de formación en materias directamente relacionadas con el cometido del puesto, organizados por organismos públicos o privados homologados, de duración igual o superior a 8 horas (máximo de 20 puntos):
Los cursos deberán haber sido realizados con posterioridad a 2010 y versar sobre desempeño laboral de socorrista acuático profesional, cursos experto de la Federación Española de Actividades dirigidas y Fitness (FEDA), o similares, y cursos de prevención de riesgos laborales, cursos de uso y manejo en desfibriladores, cursos COVID-19 en el trabajo y similares. Se valorarán del siguiente modo:
a) Por cada curso mayor o igual de 8 horas y menor de 40 horas: 1 punto.
b) Por cada curso mayor o igual a 40 horas y menor a 80 horas: 2 puntos.
c) Por cada curso mayor o igual a 80 horas: 2,5 puntos.
– Experiencia (máximo de 30 puntos):
• Servicios prestados como MONITOR- SOCORRISTA: 1,5 puntos por mes trabajado.
• Servicios prestados como OFICIAL DE MANTENIMIENTO: 1 punto por mes trabajado.
Fase 2ª.- Entrevista personal: Pasarán a la fase de entrevista los cinco candidatos con puntuación más alta.
Los candidatos seleccionados deberán presentarse a la segunda fase provistos de DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad (máximo 50 puntos).
En la entrevista personal se valorarán los contenidos propios del puesto de trabajo, los conocimientos, habilidades, capacidades y destrezas necesarios para el desarrollo del puesto de trabajo (30 puntos), la actitud y motivación hacia el puesto de trabajo (10 puntos), las capacidades de comunicación (10 puntos), conocimiento de la región y del territorio de actuación del Grupo de Acción Local Liébana…
La no presentación de un aspirante a la fase de entrevista, en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el cese de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido del proceso selectivo.
Méritos
– La formación deberá acreditarse mediante diplomas, títulos o certificados de la entidad que imparte la formación, siendo necesario la referencia al número de horas, y debiendo aparecer los contenidos, las fechas de impartición, y la identificación del organismo que imparte la formación.
– Las horas de formación a las que se hace referencia se computarán exclusivamente cuando el curso esté finalizado.
– No se sumarán las horas de cursos distintos cuando se traten de la misma materia. Por tanto, deberán abstenerse de presentar acreditaciones de cursos cuya duración sea inferior a 8 horas de formación técnica relacionada con la plaza solicitada.
– La justificación académica se realizará con el correspondiente título o resguardo de
solicitud del mismo.
Experiencia laboral
– La experiencia laboral se acreditará mediante los contratos de trabajo u otros documentos oficiales que reflejen claramente el puesto desempeñado, la categoría y la duración de la relación laboral. Asimismo, se presentará el certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
– En el caso de trabajadores autónomos al certificado de vida laboral se deberá acompañar de los contratos o documentos acreditativos de la prestación de servicio de la actividad que corresponda con el epígrafe del alta de autónomos. En dicho documento deberá constar la entidad para la que se ha prestado el servicio, la duración y el servicio prestado.
Clasificación definitiva
La puntuación final total de cada aspirante se obtendrá sumando la puntuación total de las dos
fases. En caso de empate, se optará por aquel aspirante que hubiera alcanzado mayor puntuación en la fase de entrevista. De persistir el empate, la Comisión podrá establecer una nueva prueba para los aspirantes con igual puntuación.
Bolsa de trabajo
Finalizada la cualificación de los aspirantes a las pruebas previstas, la Comisión de evaluación publicará la relación de aprobados por el orden de puntuación obtenida. A continuación, por orden del Sr/a. Presidente, se elevará a definitiva la propuesta del Comité de selección.
Notificada la resolución al candidato, el/la interesado/a deberá presentarse para suscribir el contrato correspondiente en el momento en que se decida utilizar la bolsa de trabajo y comenzará a prestar el servicio en el día indicado por el contratante.
La constitución de la bolsa de candidatos no crea ningún derecho a favor de sus integrantes, salvo el de su llamamiento para la formalización del contrato temporal que en su caso proceda.
Su duración se establece hasta el 1 de febrero de 2024, pudiéndose prorrogar anualmente si así fuera estimado por el Ayuntamiento, sin perjuicio de que por la Alcaldía pudiera acordarse la extinción de la Bolsa de Empleo por causas de ineficacia e inoperatividad sobrevenida de la misma debidamente acreditadas.