Los centros educativos de Liébana son considerados «de especial dificultad» por las características geográficas del valle

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la orden por la que se clasifican como de especial dificultad los centros educativos ubicados en zonas con peligro de despoblamiento.
En el caso de los centros ubicados en el Valle de Liébana (CEIP Concepción Arenal, CEPA de Potes, CRA Liébana y el IES Jesús de Monasterio), esta calificación se debe a su lejanía de los principales núcleos urbanos de Cantabria y a su escasa oferta de transporte público.
Los requisitos generales para que un centro educativo sea considerado de especial dificultad, según lo establecido en esta orden, son: que se encuentre en un municipio con una densidad de población menor a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado, radicar en un municipio con una población inferior a los 2.000 habitantes o estar ubicado en una localidad de difícil situación orográfica y de infraestructura viaria, con escasa disponibilidad de transportes públicos.
Otro de los aspectos a tener en cuenta es que no dispongan de servicios culturales, educativos y de cuidados alternativos a la primera infancia en su entorno.
Centros educativos de especial dificultad
Tendrán la calificación de centros educativos de especial dificultad los Centros de Educación Especial (CEE) y las aulas de Educación Especial:el CEE Pintor Martín Sáez, en Laredo; CEE Parayas, en Camargo; CEPA Berria, en Santoña; las Aulas de Educación Especial del CEIP Ramón Laza en Cabezón de la Sal; las Aulas de Educación Especial del CEIP Gerardo Diego en Santa María de Cayón; el Aula de Educación Especial del CEIP Alto Ebro en Reinosa, así como el Aula de Educación Especial del IES María Telo, en Los Corrales de Buelna.
Ventajas en los concursos de traslados
Existen diversas medidas para incentivar que el personal docente opte por desempeñar su trabajo en estos centros. Así, en los concursos de traslados, se otorgarán dos puntos por cada año y 0,1666 puntos por cada mes completo como personal funcionario de carrera en el centro.
No obstante, no se computará a estos efectos el tiempo que se haya permanecido fuera del centro en situación de servicios especiales, en comisión de servicio, con licencias por estudios o en supuestos análogos que supongan que no hay desempeño efectivo del puesto de trabajo.
En el caso de funcionarios interinos, se les computará como mérito en los diferentes procesos selectivos para el ingreso como funcionario docente de carrera, los años de docente en estos centros de especial dificultad. Se otorgará hasta un máximo de 2 puntos.
Arreglo escolar
Sobre el número de unidades referidas a dos o más niveles educativos consecutivos dentro de la misma o distinta etapa, se flexibilizará el número mínimo de alumnos para mantener tales unidades separadas.
Y en lo que respecta a la negociación del arreglo escolar de estos centros, se flexibilizará el número de docentes habilitados, así como que estos, en casos excepcionales y en jornada completa, puedan tener hasta triple perfil, considerando las necesidades del centro y según los criterios que se establezcan en las instrucciones correspondientes.
Asimismo, se reconocerán horas de apoyo a la función directiva para docentes que no formen parte del equipo directivo.
Ante la falta de servicios de guardería en las zonas en las que radican estos centros, con el fin de contribuir a la correcta socialización de los niños y niñas de primera infancia y de contribuir a fomentar la igualdad de género, se facilitará la implantación completa del primer ciclo de Educación Infantil.
Otra de las medidas que contempla esta orden es la relativa a las convocatorias oficiales que realice la Consejería con competencias en Educación, relacionadas con proyectos de innovación educativa, para lo que se tendrá en cuenta para su concesión, la clasificación de estos centros como de especial complejidad, siempre que reúnan los requisitos exigidos en cada convocatoria.
La Consejería de Educación dará un trato preferencial a estos centros en cuanto a la instalación de infraestructuras informáticas de banda ancha y a la dotación de los correspondientes equipos informáticos para extender la sociedad del conocimiento a las zonas rurales en riesgo de despoblamiento, dentro de los límites presupuestarios y técnicos.