El BOC publica las medidas sanitarias de aplicación por municipios

Así pues, se mantienen cuatro niveles para la población general: riesgo bajo (incidencia de menos de 25 a siete días), medio (de 25 a 75), alto de (75 a 125) y muy alto (más de 125), con las medidas asociadas a cada nivel. Estos niveles se enmarcan dentro los establecidos por el documento de ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19’, aprobado por la Comisión de Salud Pública del Sistema Nacional de Salud.
Para el grupo de 65 años o mayores, el nivel bajo se fija entre 10 y 25, el medio entre 25 y 50, el alto entre 50 y 75 y el muy alto a partir de 75 casos.
Las medidas que serán de aplicación afectarán al desarrollo y a los aforos del comercio minorista, la hostelería y la restauración, las actividades culturales, los velatorios, funerales y otras ceremonias, las actividades físicas en grupo, las actividades deportivas y la asistencia a eventos deportivos.
Por lo que se refiere a la hostelería y la restauración se permitirá la apertura del interior de los establecimientos en aquellos municipios que estén en los niveles 1 y 2, con un aforo del 50% y de 1/3 respectivamente, permaneciendo los locales cerrados en aquellos ayuntamientos clasificados en los niveles 3 y 4.
Menos de 5.000 habitantes
En los municipios de menos de 5.000 habitantes se hará una lectura pormenorizada de otros indicadores, tales como el número absoluto de casos confirmados, el nivel de alerta de los municipios limítrofes, la distribución geográfica de los casos, los positivos nuevos asociados a brotes o el número de contactos por caso, entre otros.