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La Justicia suspende la paralización de las obras de La Cántabra

Celia Álvarez 23 de marzo de 2021
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Obras en la calle Cántabra (Potes).

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha suspendido la paralización de las obras de la calle Cántabra de Potes dictada por la Dirección General de Patrimonio Cultural. El auto responde a las medidas cautelares solicitadas por el Ayuntamiento de Potes al TSJC el pasado 25 de febrero para poder «terminar y asegurar la calle para la transitabilidad de los peatones y de los propietarios y clientes de los negocios», tal y como aseguró el alcalde de la villa, Javier Gómez.

No obstante, el procedimiento administrativo para determinar la ilegalidad de las obras continúa en marcha, por lo que esta medida cautelar «no implica un perjuicio irreparable para el interés general en la conservación del patrimonio histórico, porque, al conservarse el canto rodado retirado, podría reponerse con razonable facilidad en el caso de que la sentencia firme así lo determinase».

Asimismo, el tribunal no impone las costas de este incidente a la Administración de la Comunidad Autónoma.

El Ayuntamiento de Potes ha alegado, en el recurso contencioso-administrativo presentado ante el TSJC, que la paralización de la obra de pavimentación conlleva perjuicios como la suspensión o resolución de los contratos de trabajo de los operarios que el contratista tenga en la obra, la degradación de la calle y consiguiente riesgo para la seguridad de las personas que hayan de transitar por la misma o impedimentos para la accesibilidad de las personas, entre otros.

Además, según el informe del arquitecto municipal, «la orden de paralización se dicta cuando las obras estaban realizadas al 75 o 80%, se había terminado la obra del subsuelo y el 65-70% de la pavimentación».

Así pues, la Sala «tiene por reales dichos perjuicios, porque en el informe del arquitecto municipal se deja constancia de la existencia de una zona sin pavimentar y la presencia de socavones sin rellenar y arquetas sin tapar, y porque en los autos constan quejas escritas de dos personas, vecinos de la zona, que ponen de relieve la existencia de obstáculos, desniveles y socavones que convierten en peligroso el acceso a sus viviendas, así como un escrito firmado por varios comerciantes que hacen ver las dificultades que la interrupción de las obras de pavimentado de la calle Cántabra acarreara para el desarrollo de su actividad comercial».

Contra este auto cabe recurso de reposición ante este Órgano Judicial en el plazo de cinco días desde su notificación.

Voto particular

El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha emitido un voto particular contra la estimación de la medida cautelar, puesto que considera que el riesgo de que el recurso del Ayuntamiento pierda su finalidad si no se estima lo que ahora pide -levantar la paralización de la obra- «no se elude autorizando la finalización de la obra sino, en todo caso, restableciendo los accesos y garantizando la seguridad de los viandantes así como la normal actividad de los negocios instalados».

El magistrado presidente cree que «la finalización en los términos acogidos por el auto de la Sala viene a ejecutar -aunque sea provisionalmente- una alteración de la estructura general del viario al no respetar el existente, ni su tamaño, ni su naturaleza, sin que la posibilidad de revertirlo en un futuro evite el impacto transgresor que la norma acusa en la actualidad y que legítimamente trata de evitar».

Además, señala que «a la hora de la ponderación de los intereses en conflicto han de prevalecer por encima de los intereses de los particulares afectados los que protegen las normas que preservan un patrimonio cultural e histórico común de todos los ciudadanos».

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